La georreferenciación es el documento que emiten los profesionales del colegio oficial de ingeniería geomática y topográfica, que incluye:
- Metolología que da lugar a la definición geométrica de la finca conforme a lo establecido por la ley y en consecuencia su precisión, alcance y limitaciones.
- Fichero en formato GML alojado en los servidores del colegio y descargable mediante un código seguro de verificación.
- Coordenadas georreferenciadas, representación gráfica y superficie de la finca.
- Informe de validación gráfica de la dirección general del catastro.
- Declaración del técnico responsable que suscribe, incluyendo póliza del seguro de responsabilidad civil profesional.
La nueva Ley 13/2015 referida a la relación entre los bienes inmuebles con la propiedad y el dominio sobre ésta, incluye nuevos conceptos y técnicas para poder identificar claramente el objeto del derecho registral, que obtiene de la Ingeniería Geomática un entorno gráfico y distribuido por técnicas informáticas, imponiendo la seguridad del tráfico hipotecario en España.
Esta reforma de la Ley hipotecaria, ha establecido un nuevo procedimiento para describir las fincas en el Registro de la Propiedad, georreferenciando sus linderos, es decir, ubicarlos en el terreno de forma precisa e inequívoca, superándose la descripción literaria de las fincas en el Registro de la Propiedad.
En caso de que la Certificación Catastral Descriptiva y Gráfica coincida con la realidad, no será necesario elaborar una representación gráfica alternativa. Sólo será necesario realizarla y aportarla cuando el interesado manifieste que la representación catastral gráfica no se corresponda con la realidad física.
Estas representaciones se formulan en formato GML de parcela catastral (Geography Markup Lenguage).